SIERO

POLíTICA

El Principado declara la situación de alerta sanitaria 4+ en el concejo de Siero

Lunes 01 de Febrero del 2021 a las 08:52


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El Principado declaró la situación de alerta sanitaria 4+ en el concejo de Siero desde el día 2 de febrero a las 00.00 horas hasta las 24.00 horas del día 15 de febrero de 2021, sin perjuicio de las prórrogas que, en su caso, pudieran acordarse de forma sucesiva. Las restricciones publicadas en el BOPA son las siguientes:

Se restringe la entrada y salida de personas del ámbito territorial del concejo, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados por alguno de los siguientes motivos:

  1. a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  2. b) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
  3. c) Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
  4. d) Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
  5. e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  6. f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
  7. g) Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
  8. h) Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
  9. i) Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
  10. j) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  11. k) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

Serán causa justificada para la entrada y salida, además de las establecidas en el apartado anterior, las siguientes:

  1. a) Entrenamientos y competiciones en actividad deportiva federada.
  2. b) Actos de recolección en huertos por sus propietarios o arrendatarios, así como la atención y alimentación de animales domésticos.
  3. c) Adquisición de alimentos o productos de primera necesidad por quienes tengan su residencia habitual en localidades que, siendo de otro concejo, carezcan de establecimientos que permitan la adquisición de tales productos y sean localidades limítrofes con el municipio restringido.

Las causas señaladas únicamente habilitarán al desplazamiento durante el tiempo indispensable para la actividad y una vez al día. En ningún caso podrán desarrollarse durante el período de restricción nocturna de movilidad.

Limitación de la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados.

En espacios de uso público y de uso privado queda condicionada a que no se supere el número máximo de cuatro personas.

En domicilios queda limitada, exclusivamente, a las personas convivientes.

Cierre de centros comerciales salvo comercios de actividades esenciales.

Cierre del interior de los establecimientos hosteleros, se permite el consumo y terraza y la venta de comida para llevar.

En los comercios de más de 300 metros cuadrados, ubicados fuera de centros comerciales, el aforo se reducirá al 20%.

 

Siero: https://ddei3-0-ctp.trendmicro.com:443/wis/clicktime/v1/query?url=https%3a%2f%2fsede.asturias.es%2fbopa%2f2021%2f02%2f01%2f20210201Su2.pdf&umid=85850297-BA4B-4F05-9571-FAC3CA8C04D7&auth=4ceff9107ab9c25786f1a828bbcb8ff8204474b0-c1b8ea3d90488c5ac89997377f6346e17d03e680

 

 

 

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