SIERO

POLíTICA

Siero emite los recibos de la tasa por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local con instalaciones de transporte energía eléctrica, gas e hidrocarburos

Jueves 28 de Mayo del 2020 a las 02:20


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El concejal de Hacienda; Gestión Económica y Presupuestaria; Organización; y Régimen Interior, Alberto Pajares San Miguel, anunció, en rueda de prensa, que el Ayuntamiento de Siero ha girado hoy los recibos correspondientes a la tasa por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local con instalaciones de transporte energía eléctrica, gas e hidrocarburos. Este gravamen, de nueva creación, supondrá unos ingresos de 50.050,78 euros y será abonado por siete compañías energéticas.

Esta tasa, aprobada este año, fue un compromiso del equipo de gobierno que recogió la propuesta del grupo municipal de Izquierda Unida. El edil de Hacienda aseguró que “esta es una muestra de que se cumplen los compromisos adquiridos y recordó que para poder sacar la tasa adelante “se realizaron numerosas gestiones y consultas con el fin de garantizar su viabilidad”

Pajares San Miguel indicó que “hay un recurso presentado por una de las compañías energéticas contra la tasa, pero consideramos que está bien articulada y que existe jurisprudencia favorable a los intereses municipales”. El concejal añadió que “se trata de nuevos ingresos para las arcas municipales que no repercuten directamente sobre los vecinos y que son, si cabe, más importantes en la coyuntura actual”.

Esta tasa regula las instalaciones de transporte de energía con todos sus elementos indispensables (cajas de amarre, torres metálicas, transformadores, instalaciones o líneas  propias de transporte o distribución de energía eléctrica, gas u otros suministros energéticos y que constituyan aprovechamientos o utilizaciones del dominio público local no recogidos en este apartado y las instalaciones de transporte de gas, hidrocarburos y similares. El aprovechamiento especial del dominio público local se producirá siempre que se deban utilizar instalaciones de las referidas que materialmente ocupan el dominio público en general.

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